Solicitar el Certificado de Últimas Voluntades

Certificado de Ultimas Voluntades

Si deseas iniciar los trámites relacionados con la herencia debes realizar varios pasos, uno de los más importantes es solicitar el certificado de últimas voluntades.

¿Cómo solicitar el certificado de últimas voluntades?

Puedes tramitarlo por cuatro vías:

Presencial

Solicita tu certificado de Últimas Voluntades de forma presencial.

Por correo

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Por Internet

Solicita tu certificado de Últimas Voluntades de forma online.

Gestoría

Solicita tu certificado de Últimas Voluntades a través de una gestoría.


¿Qué es el Certificado de Últimas Voluntades?

El certificado de actos de última voluntad es un documento oficial que certifica si la persona fallecida otorgó testamento, o no.

Cuando fallece un familiar en lo último que piensas, por norma general, es en la herencia. 

La ley es relativamente flexible al respecto: podrás rechazar o aceptar la herencia en el momento que desees, este derecho no prescribe; sin embargo, tendrás que liquidar el impuesto de sucesiones en un plazo máximo de 6 meses.

En caso de haberlo hecho, el certificado de últimas voluntades reflejará la fecha del testamento, el nombre del notario ante el que se hizo y la notaría. Con estos datos, los familiares podrán pedir una copia autorizada del mismo para realizar las siguientes gestiones.

Este certificado es imprescindible para realizar cualquier acto sucesorio.

¿Quién puede solicitarlo?

Puede pedirlo cualquier persona, siempre y cuando presente de forma física o telemática los documentos necesarios para ello.

¿Dónde se pide este certificado?

Es un documento expedido por el Ministerio de Justicia. Puedes solicitarlo en las Gerencias Territoriales (aquí tienes el listado completo), en la Oficina Central de Atención al Ciudadano y en los Registros Civiles.

¿Qué documentos son necesarios para solicitar las últimas voluntades?

Para poder solicitarlo debes aportar dos documentos:

  • El modelo 790 con el abono de la tasa correspondiente.
  • El DNI o NIE de la persona fallecida.

Desde 2009 no es necesario presentar el certificado de defunción.


Preguntas Frecuentes

¿Cuándo se puede solicitar el documento de últimas voluntades?
Como expliqué al inicio, el derecho a recibir o rechazar una herencia no prescribe. Por tanto, podrás iniciar este trámite en el momento que desees. La ley solo establece que deben haber transcurrido un mínimo 15 días hábiles desde la defunción para poder solicitar el certificado de últimas voluntades.

¿El certificado de últimas voluntades es imprescindible para tramitar una herencia?
Sí. Este certificado es necesario para aceptar o rechazar una herencia. Es uno de los primeros trámites que debes hacer tras el fallecimiento de un familiar, junto con la solicitud del certificado de defunción y la liquidación del impuesto de sucesiones.

¿Qué información aparece en el certificado de últimas voluntades?
Las últimas voluntades reflejarán si el fallecido dejó uno o varios testamentos, así como dónde los hizo (notario y notaría) y en qué fecha.
¿Este certificado incluye información sobre seguros de vida?
No. Para obtener información sobre los seguros de vida debes conseguir el certificado de seguros de vida del difunto. Este documento lo puedes obtener en el Registro de Actos de Última Voluntad.
¿El certificado de actos de última voluntad incluye el testamento?
No. Es un documento oficial meramente informativo. Aunque el fallecido haya dejado un testamento, no lo recibirás junto con el certificado.
¿Cómo obtener el testamento?

Con el certificado en la mano podrás dirigirte a la notaría en cuestión para solicitar una copia simple o una copia autorizada del testamento. No te facilitarán el original.

Si hubieran pasado más de 25 años desde la realización del testamento, o la notaría no estuviera en funcionamiento, tendrías que solicitar la copia en el archivo correspondiente.

¿Qué ocurre si hay varios testamentos?

Aquí no hay duda: el último testamento es único válido. El resto, si los hubiera, se anularían por el más reciente.

Tan solo cabría la posibilidad de la nulidad del testamento por falta de capacidad del testador, aunque cabe recordar que dicho testamento ha sido realizado ante un notario que da fe de la capacidad de testar, por lo que esta vía es, cuanto menos, dudosa.

¿Y si no hay testamento en la última voluntad?
Es bastante frecuente. Si el certificado de actos de última voluntad no informa de testamento alguno, se abrirá un proceso para el reparto de la herencia entre los parientes más próximos (en el orden fijado por la ley).
¿Quién puede pedir el certificado de últimas voluntades?
Cualquier persona puede solicitar el Certificado de Últimas Voluntades ya que se trata de un documento de acceso público. Sin embargo, debes tener en cuenta que aunque este certificado te permite conocer en qué notaría se ha otorgado el último testamento (en el caso de existir más de uno), el notario no podrá facilitarte una copia, ya que la misma está reservada para quienes figuren como herederos en el testamento.
¿Qué tasa hay que pagar por el certificado de últimas voluntades?
La tasa para la obtención del certificado de últimas voluntades es de 3,70 euros. El pago de esta tasa se puede hacer por Internet, si se dispone de banca electrónica, adjuntando el modelo 790, debidamente cumplimentado, y siguiendo los pasos que se indiquen para validar el pago.